简体中文
繁體中文
English
Pусский
日本語
ภาษาไทย
Tiếng Việt
Bahasa Indonesia
Español
हिन्दी
Filippiiniläinen
Français
Deutsch
Português
Türkçe
한국어
العربية
Extracto:La Diputación Permanente del Congreso ha aprobado la recuperación del subsidio para parados mayores de 52 años. Te explicamos quién puede pedirlo y cómo hacerlo.
La Diputación Permanente del Congreso ha aprobado este miércoles el decreto de medidas urgentes de lucha contra la precariedad laboral que incluye recuperar el subsidio para parados mayores de 52 años.
La medida ya estaba vigente para desempleados mayores de 55 años y el Gobierno prevé que 114.000 personas se beneficien del cambio.
Otras 266.000 personas se beneficiarán también de esta medida y pasarán a cotizar por el 125% de la base mínima de cotización, frente al 100% actual.
En torno a900.000 personas mayores de 50 años se encuentran en paro en España, según la última Encuesta de Población Activa del Instituto Nacional de Estadística. Este tipo de desempleados, en el que abundan los parados de larga duración, son precisamente el objetivo de una de las últimas medidas aprobadas por el Gobierno a menos de un mes para las elecciones generales.
Así, laDiputación Permanente del Congreso ha aprobado este miércoles el Real Decreto de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral en el mercado de trabajoque incluye el subsidio parados para mayores de 52 años. Esta medida, sin embargo, ya había entrado en vigor a mediados del mes pasado, tras ser validada por el Consejo de Ministros y publicada en el BOE.
Qué es el subsidio para mayores de 52 años
Este subsidio es una ayuda que pueden recibir mensualmente las personas que se encuentren en paro una vez que hayan agotado sus prestaciones por desempleo, siempre que cumplan una serie de requisitos. Su cuantía equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), lo que este año supone unos 430 euros.
Leer más: El paro se reduce en marzo al menor ritmo en este mes en los últimos 5 años y la Seguridad Social recupera los 19 millones de ocupados
Con la decisión de la Diputación Permanente, la edad a partir de la que se puede solicitar esta ayuda regresa a los 52 años, tras haber sido elevada a 55 años por el anterior Gobierno al modificar la renta activa de inserción. Además, el decreto aumenta la duración máxima de este subsidio, manteniéndolo hasta la edad de jubilaciónsi el beneficiario no consigue encontrar empleo, frente al anterior tope de 72 meses
La normativa modifica además varias de las características del subsidio, como elevar la cotización por la contingencia de jubilación del 100 % al 125 % durante el periodo en el que se percibe esta ayuda, eliminar los porcentajes por trabajo a tiempo parcial o retirar el requisito de la renta familiar del desempleado como condición de acceso.
Qué requisitos hay que cumplir para recibir el subsidio
Además de estar desempleado, igualar o superar los 52 años de edad y haber agotado las prestaciones de desempleo, existen otras condiciones que marcan el acceso a esta ayuda:
Estar inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo o con interrupciones menores de 3 meses durante un mes desde que se agote la prestación de desempleo.
No haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
Cumplir el compromiso de actividad que está incluido en la solicitud.
Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 añosa lo largo de su vida laboral.
Cumplir en el momento de la solicitud todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributivade jubilación en el sistema de la Seguridad Social español.
Ser emigrante retornado a España sin derecho a paro, tras trabajar al menos 1 año en el extranjero, en países no pertenecientes a la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo.
Salir de la cárcel sin derecho a prestación contributivapor desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
No tener rentas propias que superen el 75 % del salario mínimointerprofesional al mes.
Cómo y dónde solicitar el subsidio para mayores de 52 años
Para solicitar esta ayuda, es necesario rellenar este formulario, y tener a mano el DNI o el pasaporte y un documento que atestigüe el número de tu cuenta bancaria personal. Con esta documentación, es posible rellenar la solicitud tanto por vía presencial, en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y tras solicitar cita previa, como a través de la página web del SEPE.
Además, hay que tener en cuenta que, para seguir teniendo derecho a recibir este subsidio, es necesario presentar al SEPE una declaración de tus rentas cada doce meses, para justificar que te mantienes en los límites para cobrarlo. Si se te pasa el plazo de presentación, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social hasta que presentes una declaración.
Descargo de responsabilidad:
Las opiniones de este artículo solo representan las opiniones personales del autor y no constituyen un consejo de inversión para esta plataforma. Esta plataforma no garantiza la precisión, integridad y actualidad de la información del artículo, ni es responsable de ninguna pérdida causada por el uso o la confianza en la información del artículo.