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Extracto:El TJUE ha hecho pública una sentencia donde se muestra a favor del registro laboral obligatorio para conocer las jornadas laborales de los trabajadores.
Los países de la UE deben imponer a los empresarios la obligación de implantar un sistema “objetivo, fiable y accesible” que permita computar la jornada laboral diaria, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El Tribunal considera que si no existe un sistema que permita computar las horas tampoco es posible conocer “el número de horas extraordinarias”.
La sentencia llega dos días después de que en España haya entrado en vigor el Real Decreto que impone el registro obligatorio de las jornadas laborales.
Esta es la guía oficial para el registro de la jornada laboral del ministerio de Trabajo.
Los países de la UE deben imponer a los empresarios la obligación de implantar un sistema “objetivo, fiable y accesible” que permita computar la jornada laboral diaria. Esto es lo que dice el Tribunal de Justicia de la UE en una sentencia que llega dos días después de que en España haya entrado en vigor el real decreto que impone el registro laboral obligatorio.
Lajusticia europea considera que corresponde a los estados miembros definir los criterios concretos de aplicación de ese sistema,especialmente la forma que este debe tener teniendo en cuenta las particularidades propias de cada sector de actividad e incluso las características de las empresas, como puede ser el tamaño.
El Tribunal de Justicia estima que es necesario un sistema para computar la jornada laboral diaria de los trabajadores porque si no no es posible“determinar de manera objetiva y fiable el número de horas de trabajo efectivas ni su distribución en el tiempo”.
Leer más: Guía oficial para el registro de la jornada laboral del ministerio de Trabajo
Considera quesi no existe un sistema que permita computar las horas tampoco es posible conocer “el número de horas extraordinarias”. “Lo que dificulta en extremo, cuando no imposibilita en la práctica, que los trabajadores logren hacer respetar sus derechos”, añade.
Las horas extra son las que exceden la jornada ordinaria
La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo responde a las preguntas formuladas por la Audiencia Nacional para poder resolver una demanda de conflicto colectivo formulada por UGT, CC.OO y otros sindicatos en la que se reclamaba a Deutsche Bank el establecimiento de un sistema de registrode la jornada ordinaria efectiva de la plantilla.
Las horas extra son las que se realizan una vez superada la duración de la jornada ordinaria y el Estatuto de los Trabajadores establece que deben ser pagadas o compensadas por tiempo de descanso. Además, estas no pueden superar las 80 horas al año, salvo algunas excepciones.
La última EPA muestra que en España el 46% de las horas extra que se realizan no se pagan. El registro obligatorio de la jornada laboral tiene como objetivo tratar de evitar los abusos en las jornadas laborales de los trabajadores y facilitar el cometido de la Inspección de Trabajo.
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